Tegucigalpa, Honduras.
En comunicado, la junta directiva nacional del colegio de abogados de Honduras a todos sus agremiados que en asamblea general extraordinaria celebrada en la ciudad de Comayagua en fecha 24 de marzo del año 2013; se aprobó el anteproyecto de ley orgánica para llevarlo a consulta gremial en fecha 25 de mayo de ese mismo año.
Aprobada en asamblea y ratificado por la consulta, fue presentado a la secretaria del congreso nacional el día 24 de septiembre de ese mismo año, dicho proyecto fue consensuado por los directivos actuales de los tres frentes constituidos en ese momento y legalmente inscritos Frente Patria y Justicia, Frente Reivindicador Democrático y Frente Independiente.
Con conocimiento que por lo extenso de su articulado no se aprobó la misma en la legislatura pasada dejando en suspenso a la nueva legislatura su aprobación, por iniciativa de la diputada proyectista y viendo la finalidad del proyecto de ley antes citado era blindar el fondo de pensiones,.
El Congreso Nacional tuvo a bien dar Personería Jurídica al Instituto de Previsión Social del Profesional del Derecho, hemos visto en la Publicación del Diario oficial la Gaceta de fecha 10 de Febrero del presente año.
Donde se reformó el Articulo 29 para asignarles un salario al Presidente, Tesorero y Secretario, no sin antes agradecer al Congreso el haber asegurado las Jubilaciones y mejores beneficios para los agremiados ya que el 92% de los Ingresos del Certificado de Autenticidad, Timbres, Membrecía y otros tipos de ingresos serán destinados al Instituto de Previsión Social del Profesional del Derecho.-:
Al Congreso Nacional respetuosamente pedimos que se derogue el Articulo 29 en cuanto a los salarios para los Directivos del Colegio de Abogados de Honduras y se mantenga vigente el Blindaje del Fondo de Pensiones.
